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viernes 22, noviembre 2024

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Universidades celebran “justa” revocatoria de multa por Onapre

|| David Marcano Duarte

Pese a que la medida los favorece, alegan que la situación sigue mal porque el Estado niega respetar la IV Convención Colectiva

A propósito de la medida tomada por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en fecha reciente, de revocar la multa impuesta a cinco universidades venezolanas por la demanda interpuesta contra la denominada “Tabla Onapre”, representantes de estas casas de estudios en el estado Aragua, calificaron la decisión de “justa” y “necesaria”.

Según indicaron, la sanción que había sido impuesta a las universidades Central de Venezuela (UCV), Carabobo (UC), Oriente (UDO), Pedagógica Experimental El Libertador (UPEL) y la Nacional Experimental Politécnica Antonio José de Sucre (Unexpo), es 50 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela, que, de acuerdo a lo determinado por la Sala el 11 de agosto del año 2022, los cálculos ubican una suma de 2.500 euros, aproximadamente.

Eladio Gideón, director Decano de la UPEL-Maracay, refirió que esta anulación de la multa es justa, ya que el único propósito que persiguen las casas de estudios es luchar por los derechos y beneficios laborales y socioeconómicos de los trabajadores universitarios.

“Esa tabla Onapre, no cumple lo establecido en la IV Convención Colectiva, ni con los acuerdos federativos gremiales. De manera que la sentencia es oportuna, porque genera tranquilidad a los trabajadores universitarios a seguir con la lucha de un salario justo y por los beneficios socioeconómicos, que incluye el HCM”, argumentó.

“LA SITUACIÓN SIGUE IGUAL”

Juan Fernando Barrero, director secretario del Consejo de la Facultad de Agronomía de la UCV, también consideró justa la sentencia, porque fue tomada sobre la base del principio de igualdad.

“Afectaba a las señaladas universidades y, a su vez, de forma directa a sus trabajadores, ya que la contratación colectiva que los ampara no puede ser sustituida por la denominada Tabla Onapre”, dijo.

El profesor universitario, agregó que el referido instructivo cercena los beneficios laborales que por ley le corresponden a la masa trabajadora de las universidades.

“Sí pueden ser aplicados de manera retroactiva, pero no aquellas que impliquen alguna desmejora, porque puede ser considerado un despido indirecto”, señaló.

No obstante, indicó que pese a esta medida que anula la multa, “la situación de las universidades del país sigue igual de mala”, al alegar que el sector universitario lo que persigue es que el Gobierno nacional cumpla su palabra de respetar la IV Convención Colectiva.

El catedrático advirtió que a pesar de ser “buena” la revocatoria de la multa, la sentencia que declara inadmisible la demanda de nulidad queda firme, lo que quiere decir que el Gobierno continúa pagando al sector universitario a través del “famoso y célebre instructivo o tabla Onapre, considerado como un instrumento de rango sublegal”.

 

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