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miércoles 27, agosto 2025
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LEGISLAR PARA TODOS

|| Ramón Guillermo Aveledo

Para Andrés Bello “el que lo supo todo”, dice Cecilio Acosta, hay que legislar ordenadamente, descartar lo superfluo y lo que pugne con las instituciones republicanas, dirimir los puntos controvertidos en el derecho y no admitir otras innovaciones que las necesarias para la simplicidad y armonía del cuerpo legal.

Recién participé en un cursillo para concejales de San Diego, Carabobo. La formación de munícipes es trabajo que valoro especialmente y realizo con gusto, sin discriminaciones. A todos nos convienen gobiernos locales que funcionen al servicio de sus ciudadanos.

Los contenidos compartidos fueron Marco Constitucional, Presupuesto con sentido de Desarrollo Económico Local y Técnica Legislativa. Me correspondió este último.

Las normas se ubican en el sistema al que pertenecen. Un sistema es un conjunto cuyas partes se relacionan para producir los resultados que éste cabe esperar. Las ordenanzas forman parte del sistema constitucional, es indispensable su coherencia con él. Porque el municipio es parte, la más cercana al ciudadano, del Estado Federal Descentralizado previsto en la Constitución.

Ésta, a su vez, es nuestra manera de organizar aquí el sistema democrático, según la voluntad de nosotros los venezolanos. Así que pautas constitucionales, leyes y todo instrumento normativo del país, los estados y los municipios debe ser coherente con los grandes principios nutren la democracia.

En una sociedad libre, la legislación se funda en el principio democrático de tres pilares. La regla de la mayoría, la participación libre e igual de todos y la publicidad, porque el pueblo tiene derecho a saber y los órganos del poder público a su servicio, el deber de informar.

Las funciones del concejal, el legislador estadal y el diputado nacional son representar, legislar y controlar el gobierno y la administración. Las ordenanzas y los acuerdos que contribuya a dictar han de ordenar y facilitar el cumplimiento de esas funciones, nunca complicarlo o entorpecerlo.

Legislar exige conocer la realidad siempre dinámica, para eso, seguimiento y estudio de la realidad y permanente diálogo con la sociedad en su pluralidad. Se legisla para los ciudadanos. A ellos serán aplicadas las normas que se presumen conocidas, pero deben ser comprendidas. Se legisla también para los jueces que deben interpretar, adaptar y suplir lagunas, imprecisiones y casos no previstos.

La legislación debe ser clara en su intención y en su redacción. Clara por fácil de comprender, concisa porque no se extiende más de lo indispensable y precisa porque transmite un mensaje indudable. La exposición de motivos debe explicar a todos por qué y para qué se las dicta.

Toda legislación tiene tres fases. La pre-legislativa de los trabajos previos a la preparación y presentación del proyecto. La legislativa propiamente dicha, desde la presentación del proyecto hasta su sanción. Y muy importante y frecuentemente olvidada, la fase post-legislativa, la evaluación del cumplimiento o no y de los efectos de la norma.

Los legisladores y ciudadanos interesados, pueden consultar en mi libro Criterios de Técnica Legislativa. Se descarga gratis en nuestro portal www.eticacivica-ab.com.

 

 

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