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jueves 26, diciembre 2024

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LVBP dictó sentencias y sanciones tras los hechos violentos de Puerto La Cruz

La LVBP ya tomó una decisión tras los hechos ocurridos el pasado 19 de noviembre en el estadio Alfonzo Chico Carrasquel en la ciudad de Puerto la Cruz, luego de un análisis, la Liga decidió imponer castigo a diez jugadores, teniendo que cumplir las sanciones y multas correspondidas.

Los Tiburones de la Guaira y Caribes de Anzoátegui tendrán que afrontar ciertas bajas de importancia en su roster

El lanzador de Tiburones Edubray Ramos fue suspendido por cuarenta (40) juegos, luego de transgredir las disposiciones contenida en el artículo 21, numerales 2° y 6°, por lo que se aplica el numeral 18°, del Código de Ética y Disciplina de la LVBP, en tanto que fue multado por quinientos dólares ($500) o su equivalente en bolívares al cambio oficial proporcionado por el Banco Central de Venezuela, de acuerdo a la falta prevista en el artículo 20, ordinal 6° y aplicación del artículo 22.

El infielder Asdrúbal Cabrera (Anzoátegui) deberá asumir a una suspensión por treinta y cinco (35) juegos y pagar una multa de quinientos dólares ($500), bajo los mismos criterios que privaron en la decisión tomada en contra de Ramos.

La directiva de la Liga también informó sobre la suspensiones del dominicano Carlos Castro , por ocho (8) encuentros y una multa de cuatrocientos dólares ($400); Wilfred Astudillo por seis (6) cotejos y multa de cuatrocientos dólares ($400); Franklin Barreto por cuatro (4) desafíos y una multa de trescientos dólares ($300)

El colombiano Jasier Herrera (La Guaira) cumplirá cuatro (4) partidos y una multa de trescientos dólares ($300); Carlos Sánchez (La Guaira) por dos encuentros y una multa de trescientos dólares ($300); Williams Ramírez (La Guaira) por dos compromisos y una multa de trescientos dólares ($300); José Torres (Anzoátegui) por cuatro (4) juegos y multa de trescientos dólares ($300); y Jean Toledo (Anzoátegui) por un (2) juegos y multa de cuatrocientos dólares.

Estas sanciones se sustentaron en las disposiciones contenidas en el artículo 21 numeral 2° del Código de Ética y Disciplina de la LVBP, así como en los previsto en el artículo 20, ordinal 6° y aplicación del artículo 22.

La posibilidad de alguna apelación

De acuerdo con lo previsto en el artículo 40 del Capítulo V del Código de Ética y Disciplina de la Liga Profesional de beisbol de Venezuela, los jugadores pueden “interponer el recurso de apelación, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del fallo”, como consecuencia del procedimiento disciplinario.

El gerente general del equipo Escualo, ya expresó a través de su cuenta Twitter que dicha sentencia por la directiva del Beisbol Venezolano será apelada.

Con información de Diario 2001
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