La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar las oposiciones presentadas contra la medida cautelar del pasado 30 de octubre que suspendió el proceso de elecciones primarias celebradas por la oposición el 22 de octubre pasado.
El 30 de octubre pasado, la Sala Electoral admitió un recurso contencioso interpuesto por el diputado de la Asamblea Nacional José Brito. En consecuencia, los magistrados declararon procedente el amparo cautelar contenido en ese recurso y suspendieron todos los efectos de las distintas fases del proceso conducido por la Comisión Nacional de Primarias que presidió José María Casal.
La Sala consideró que los hechos denunciados por Brito “pudiesen configurar la presunta comisión de delitos contra la Constitución, la presunta comisión de ilícitos electorales y la presunta comisión delitos comunes”, dice la sentencia Nº 122 redactada de manera conjunta por los magistrados Caryslia Rodríguez, Fanny Márquez e Inocencio Figueroa.
A esas medidas se opusieron los ex candidatos de las primarias Andrés Velásquez y César Pérez Vivas así como Otoniel Pautt Andrade.
La Sala Electoral admitió la intervención en ese expediente de Velásquez, Pérez Vivas y Andrade. Pero declaró sin lugar la oposición ejercida por ellos que buscaba revertir la medida de suspensión de las primarias, en las cuales salió vencedora María Corina Machado, quien está inhabilitada para el ejercicio de cargos públicos por 15 años, según dictamen de la Contraloría General de la República.