El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) publicó el instructivo para la declaración de la contribución establecida en la recientemente aprobada Ley de Protección de Pensiones de Seguridad Social del Bloqueo Imperialista.
Esta contribución es equivalente a 9 % del valor integral de la nómina de las empresas venezolanas, salvo los emprendimientos inscritos en el registro nacional que administra el gobierno.
En principio, el instructivo establece que normativamente la planilla presentará la opción de declarar el número de empleados cada tres meses, tras el registro de empleados.
Si hubiera la necesidad de modificar este dato antes del plazo legal, el instructivo apunta que “si antes de los tres (03) meses requiere realizar una actualización en la cantidad de empleados, podrá realizarla en el campo Cantidad Empelados que se muestra en la pantalla donde registra el monto total de salarios y bonificación de carácter no salarial”.
El instructivo establece que los contribuyentes deben diferenciar en la declaración los montos pagados como salarios y las bonificaciones de carácter no salarial y la herramienta del Seniat calculará automáticamente el monto a pagar.
Igualmente, el instructivo indica el proceso para anular la declaración si fuera el caso. Hay dos motivos para anular: la no ejecución de la declaración o la comisión de un error material en los montos declarados.