Este lunes, 10 de junio del 2024, se dio a conocer una nueva reforma del Régimen prestacional de vivienda y hábitat para quienes realicen obras de construcción. La Ley de Reforma parcial del decreto con rango valor y fuerza de la ley de régimen prestacional de vivienda establece que deberán hacer un aporte de 0,5% del valor total estimado del proyecto al Fondo Nacional de Equipamiento Urbano, reseño Banca y Negocios en su sitio web.
De acuerdo con lo reseñado por el medio de comunicación, este aporte se pagará cuando el costo de la construcción del proyecto «sea superior a 500.000 veces el Tipo de Cambio de la Moneda de Mayor Valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV)», dice la reforma publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.805, fechada el pasado 1 de mayo.
Fondo Nacional de Equipamiento Urbano
«Se incorpora un nuevo Artículo, el cual pasa a ser el Artículo 43, donde se establece que las fuentes de los recursos del Fondo Nacional de Equipamiento Urbano estarán constituidas por los aportes realizados por las personas naturales o jurídicas que ejecuten obras de construcción«.
– «Los aportes se computarán por el 0,5% del monto total del valor estimado de construcción del proyecto, cuyo costo sea superior a 500.000 veces el Tipo de Cambio de la Moneda de Mayor Valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV)«.
– «Se modificaron los Artículos 91, 92 y 93, los cuales pasan a ser los Artículos 98, 99 y 100, respectivamente, donde se establecen las sanciones aplicables con multas equivalentes en Bolívares al Tipo de Cambio Oficial de la Moneda de Mayor Valor publicada por el Banco Central de Venezuela (BCV)«.