El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en la sentencia N° 099 de la Sala Político Administrativa, dictaminó que la personas y empresas que deseen minar bitcoins en Venezuela deben estar registrados en la Superintendencia de Criptoactivos y Actividades Conexas de Venezuela (Sunacrip).
Esta sentencia responde a una solicitud de la Sunacrip sobre un amparo otorgado por el Juzgado Nacional Primero, en el que favoreció a una empresa de minería de Bitcoin (BTC) y cuyos equipos se confiscaron en 2021.
El portal CriptoNoticias, reseñó que sería la sociedad mercantil Sierramoros C.A., a la cual le fiscalizaron dos granjas dedicadas a la minería de bitcoins.
Según se informa, en dicho procedimiento se les incautó 2.000 equipos bajo el alegato de que sus actividades no estaban registradas.
En la sentencia N° 099, el TSJ reafirma a la Sunacrip como el único ente rector de las actividades relacionadas con las criptomonedas en Venezuela.
Con información de 2001