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lunes 17, marzo 2025
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INTT estableció equipamiento obligatorio para motocicletas

El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) ha establecido una serie de requisitos que deben cumplir las motocicletas para poder circular en la vialidad venezolana.

Estas normativas buscan garantizar la seguridad vial tanto para los conductores como para los demás usuarios de las vías.

¿Cuáles son los objetos necesarios?

Según información proporcionada por la página oficial del INTT, las motocicletas deben estar provistas y equipadas con los siguientes elementos:

  • Una bocina.
  • Dos faros en la parte delantera que permitan distinguir el vehículo a una distancia de 150 metros.
  • Un sistema de frenos adecuado para detener el vehículo en una distancia de 5 metros, cuando circule a una velocidad de treinta kilómetros por hora.
  • Una luz de color rojo en la parte trasera del vehículo, que sea visible de noche a cien metros de distancia.
  • Dos reflectores rojos en la parte trasera, colocados de forma que indiquen el ancho máximo del vehículo cuando éste posea más de dos ruedas.
  • Dos espejos retrovisores colocados uno del lado derecho y otro del lado izquierdo de la motocicleta.
  • Un dispositivo silenciador del escape que amortigüe las explosiones del motor.

De acuerdo con el Reglamento Parcial de la Ley de Transporte Terrestre sobre el uso y circulación de Motocicletas (Gaceta Oficial N° 39772 del 05-10-2011), el uso de extintores está específicamente regulado para conductores de mototaxis, quienes deben portar un extintor de incendios de cinco libras (5Ib).

Con información de 2001

 

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