Agencia AFP
La Corte Suprema de Justicia del Perú evaluó ayer un fallo dado en 2021 por un tribunal que ordena respetar la decisión de una mujer de poner fin a su vida con asistencia médica a raíz de una enfermedad incurable y progresiva.
En la primera sentencia, el 10º Juzgado Constitucional de la Corte Superior (de Apelaciones) de Lima ordenó al Ministerio de Salud y al Seguro Social de Salud (Essalus) “respetar la decisión” de Ana Estrada Ugarte, de 45 años, “de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia”, en febrero del 2021.
Tras la decisión, el expediente de la sentencia fue elevado en consulta a la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia, a fin de que apruebe la inaplicación del artículo 112 del Código Penal (correspondiente al homicidio piadoso), y así, pueda cumplirse el fallo.
La audiencia se realizó por videoconferencia y duró tres horas con la participación de Estrada desde una cama de su habitación, abogados y el Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez.
En la audiencia, Estrada reiteró su demanda a la muerte digna ante la Sala Constitucional y Social de la principal corte peruana.