El Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (Igtf) debe reflejarse en las facturas. Esto tras la publicación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) con la providencia administrativa que designa a los Sujetos Pasivos Especiales como Agentes de Percepción del Igtf.
Según la normativa administrativa SNAT/2022/000013, que apareció publicada en la Gaceta Oficial N°42.339 del pasado 17 de marzo y que entrará en vigencia el 28 de marzo, los comercios receptores deberán ajustar la máquina fiscal, reseñó Finanzas Digital.
Con la finalidad de reflejar en la factura la alícuota impositiva y el Igtf correspondiente, por las operaciones en divisas y en criptomonedas.
Además de criptoactivos diferentes a los emitidos por el país. Agrega que en los casos de las factura en formato impreso podrá reflejar la alícuota impositiva. También el monto del impuesto a las grandes transacciones financieras de manera manual, hasta agotar su existencia.
Con información de Diario 2001