El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), fijó en Gaceta Oficial los requisitos para exonerar el pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) a las estaciones de servicio por la venta de gasolina.
Asimismo, el documento indica que también quedarán excluidos de este pago los productos que sean empleados para el mejoramiento de la calidad del combustible o insumos derivados de hidrocarburos.
Del mismo modo, las compañías mixtas con participación de capital estatal y privado en cualquier proporción, y empresas privadas.
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), fijó en Gaceta Oficial los requisitos para exonerar el pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) a las estaciones de servicio por la venta de gasolina.
Asimismo, el documento indica que también quedarán excluidos de este pago los productos que sean empleados para el mejoramiento de la calidad del combustible o insumos derivados de hidrocarburos.
Del mismo modo, las compañías mixtas con participación de capital estatal y privado en cualquier proporción, y empresas privadas.
Con información de Diario 2001