«Inclusive, aun cuando se entendiera por actos sexuales contra natura a aquellos no destinados a la reproducción, dicha interpretación, a la luz de las concepciones científicas, sociales y jurídicas actuales, no resulta compatible con la Constitución ni con instrumentos internacionalmente ni válidamente suscritos», apostilló.
El TSJ añadió que esta norma es contraria al postulado fundamental de progresividad en materia de garantía de derechos humanos.
El pasado 14 de febrero, activistas LGBTI de Venezuela exigieron al máximo tribunal una respuesta definitiva a peticiones como el matrimonio igualitario. Asimismo, pidieron respuestas sobre el reconocimiento de identidad de género y la anulación de dicho artículo.
Unos 15 representantes del colectivo pidieron un «pronunciamiento definitivo» sobre demandas introducidas desde 2015 por la asociación civil Venezuela Igualitaria, relativas «al derecho al matrimonio civil igualitario», a la «identidad de género» y al de «las personas a ser, existir y amar dentro de las Fuerzas Armadas», dijo entonces a EFE el presidente de esta asociación, Giovanni Piermattei.
Tribunal Supremo de Justicia declara nulidad de norma preconstitucional del
Código Orgánico de Justicia Militar https://t.co/yLCmOh7cnu#16Mar#TSJAvanza pic.twitter.com/5IuxkBX8Gu— TSJ Venezuela (@TSJ_Venezuela) March 17, 2023
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