En Gaceta Oficial Nº 42.827, de fecha 27 de febrero de 2024, fue publicada la derogación de la Providencia Administrativa CJ/012/2023, del Instituto Postal Telegráfico (Ipostel), mediante la cual se dictan las normas que regulan el servicio de entregas a domicilio, efectuado mediante la utilización de plataformas digitales, redes sociales, postales o comerciales.
Según destacó la normativa, la presente Providencia Administrativa entró en vigencia a partir del 6 de febrero de 2024.
Recientemente, se había oficializado una nueva providencia que regulaba el servicio de entregas a domicilio (o delivery) y creaba un importe de 1 % sobre todas las encomiendas que se concreten a través de aplicaciones digitales, una modalidad de comercio que lleva unos cinco años de crecimiento en el país.
La normativa, publicada en Gaceta Oficial con fecha del 5 de febrero, creaba un registro obligatorio, manejado por el Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (Ipostel), en el que las empresas debían pagar un costo de 300 dólares para obtener una licencia que les permitía hacer entregas a domicilio.
Posteriormente, el ministro de Comunicación, Freddy Ñáñez, anunció a través de un comunicado que el Gobierno decidió “dejar sin efecto” la polémica regulación sobre los servicios de encomiendas a domicilio y transferir la adscripción del Instituto Postal Telegráfico (Ipostel) del Ministerio de Ciencia y Tecnología al despacho de Transporte.